


La presente Política de Prevención de Lavado de Dinero (en adelante, la “Política”) tiene como objetivo regular las actividades de Wiraon B.V. (en adelante, la “Empresa”) en materia de prevención del lavado de dinero, la financiación del terrorismo o cualquier otra actividad ilegal o fraudulenta. En esta Política, se describe qué medidas adopta la Empresa para cumplir con la legislación vigente en materia de prevención del lavado de dinero y cómo estas medidas lo afectan a usted como usuario de awintura.com (en adelante, el “Sitio Web”). La Empresa se reserva el derecho de modificar o actualizar esta Política. Es su responsabilidad revisarla periódicamente para informarse sobre cualquier cambio que entre en vigor. El uso continuado del Sitio Web, una vez que dichas modificaciones entren en vigencia, implica su aceptación de la Política revisada.
La Empresa aplica este programa de Prevención de Lavado de Dinero de las siguientes maneras:
La Empresa utiliza el enfoque de categorías de riesgo establecido por el GAFI para determinar si alguno de los Usuarios presenta riesgo de estar involucrado en esquemas de lavado de dinero.
Estas categorías de riesgo son las siguientes:
2.1. Riesgo por país o jurisdicción
Cuando un Usuario registra una cuenta en el Sitio Web, su lugar de residencia o domicilio (en adelante, la “Jurisdicción”) se considera prioritario. En primer lugar, la Empresa verifica si la jurisdicción figura en la lista de la Comisión Europea de “terceros países de alto riesgo con deficiencias estratégicas” (ver "fuentes"). Luego, comprueba si la jurisdicción se encuentra en la lista de “jurisdicciones de alto riesgo y otras bajo monitoreo” publicada por el GAFI. Asimismo, la Empresa realiza su propio monitoreo de las jurisdicciones en función de los siguientes parámetros:
2.2. Riesgo del Usuario
La Empresa analiza la actividad de cada Usuario en el Sitio Web para detectar la ausencia o presencia de uno o más factores que puedan justificar su inclusión en la categoría de “alto riesgo”. Estos factores incluyen: a) usuarios con gastos elevados o extremadamente elevados para este mercado. b) Actividad sospechosa del Usuario, como comportamientos inusuales, uso de varios dispositivos para iniciar sesión en un corto período de tiempo, uso de una misma dirección IP por varios Usuarios o uso del dispositivo del Usuario por parte de otros Usuarios del Sitio Web. c) Si el Usuario es una Persona Políticamente Expuesta (PEP), según lo establecido en la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo.
2.3. Riesgo de transacción
La Empresa realiza todos los esfuerzos posibles para eliminar los riesgos de transacción identificados por el GAFI: a) la Empresa no acepta transacciones provenientes de instrumentos de pago anónimos. b) La Empresa no permite la transferencia de fondos entre cuentas de distintos usuarios. c) La Empresa no acepta dinero en efectivo. d) La Empresa solo puede aceptar billeteras electrónicas reconocidas y provenientes de jurisdicciones confiables. e) La Empresa no permite la existencia de cuentas adicionales ni acepta depósitos realizados desde instrumentos de pago que no pertenezcan al Usuario.
La Empresa podría exigir la verificación del Usuario en las siguientes circunstancias:
a) cuando el monto total de las transacciones realizadas por un Usuario a través de la Empresa alcance o supere los USD/EUR 10 000.
b) Cuando, durante el proceso de evaluación de riesgos, se determine que el Usuario encuadra en una o más categorías de riesgo (ver «categorías de riesgo»).
c) Cuando la actividad del Usuario presente uno o más factores que permitan sospechar un uso del Sitio Web en incumplimiento de las normas vigentes (incluidos los Términos y Condiciones, la Política de Privacidad y otras relacionadas).
d) En cualquier otro caso en el que la Empresa considere necesario solicitar la verificación del Usuario.
Durante el proceso de verificación, la Empresa solicitará al Usuario la siguiente documentación:
3.1. Verificación adicional
La Empresa podría implementar procesos de verificación adicional en las siguientes circunstancias:
a) El Usuario cumple con la definición de Persona Políticamente Expuesta (PEP). Se considera «Persona Políticamente Expuesta» a toda persona humana que desempeñe o haya desempeñado funciones públicas destacadas, entre las que se incluyen las siguientes: a) jefes de gobierno, jefes de Estado, ministros y viceministros o secretarios de Estado; b) miembros del parlamento u órganos legislativos similares; c) miembros de los órganos de gobierno de partidos políticos; d) miembros de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otros órganos judiciales de alto nivel cuyas decisiones no estén sujetas a ulterior recurso, salvo en circunstancias excepcionales; e) miembros de tribunales de cuentas o de directorios de bancos centrales; f) embajadores, encargados de negocios y oficiales de alto rango de las fuerzas armadas; g) miembros de los órganos administrativos, de gestión o de supervisión de empresas estatales; y h) directores, subdirectores y miembros del consejo de administración de organizaciones internacionales o de funciones equivalentes.
b) Cuando el país de residencia del Usuario sea definido por la Comisión Europea como un “tercer país con deficiencias estratégicas” o figure en la lista del GAFI de “jurisdicciones de alto riesgo y otras bajo monitoreo”.
c) En otros casos, cuando la legislación aplicable o el requerimiento de autoridades, instituciones financieras u organismos competentes exijan una verificación adicional.
Además de la verificación estándar, al aplicar una verificación adicional, la Empresa exigirá la presentación de documentos o información que acrediten el origen de los ingresos del Usuario, de conformidad con los requisitos legales y regulatorios de la jurisdicción correspondiente. En caso de verificación adicional, la aprobación final del proceso será realizada por la alta gerencia de la Empresa.
A los fines de la presente Política, la Empresa se reserva el derecho de recopilar datos adicionales de identificación del Usuario. Asimismo, si: a) el Usuario se niega a completar el proceso de verificación; o b) la Empresa cuenta con fundamentos razonables para sospechar que el Usuario utiliza los servicios de la Empresa con fines ilegales y no aporta pruebas que demuestren lo contrario, la Empresa podrá informar el caso a las autoridades gubernamentales competentes. Adicionalmente, la Empresa podrá suspender la cuenta del Usuario hasta que este complete el proceso de verificación o entregue los documentos o la información solicitados.
Durante un período de cinco (5) años, la Empresa podrá conservar registros de los datos de verificación de los Usuarios del Sitio Web, así como los datos de las transacciones (historial de transacciones y su documentación de respaldo), en un formato de fácil acceso. Para más información sobre el almacenamiento de datos personales de los Usuarios, consulte la Política de Privacidad.
La Empresa monitorea de forma constante todas las transacciones de los Usuarios para garantizar que cumplan con los siguientes requisitos:
La Empresa también monitorea de manera permanente toda la actividad de los Usuarios y de sus transacciones para asegurar que no estén relacionadas con métodos de lavado de dinero, entre los que se incluye:
En esta etapa, los fondos se convierten en otros instrumentos financieros, como cuentas bancarias, cheques o transferencias de dinero, o bien se utilizan para la compra de bienes de alto valor que luego pueden revenderse. Posteriormente, los fondos pueden invertirse en bancos u otras instituciones no bancarias, como casas de cambio. Para evitar generar sospechas por parte de la Empresa, una entidad que realice lavado de dinero puede llevar a cabo varias operaciones de colocación en lugar de ingresar el monto total en una sola operación. Esta práctica se conoce como “smurfing” o “estructuración”.
Los fondos se trasladan o transfieren a otras cuentas o instrumentos financieros. Este procedimiento tiene como objetivo ocultar el origen de los fondos e impedir la identificación de la persona que realiza las distintas operaciones financieras. El movimiento de los fondos y los cambios en su forma dificultan el proceso de monitoreo.
Los fondos regresan al sistema financiero bajo la apariencia de haber sido obtenidos de manera lícita, con el objetivo final de su integración definitiva en dicho sistema.
5.1. Prevención de actividades sospechosas
Todas las operaciones de depósito de fondos son analizadas para detectar prácticas conocidas como “prueba de tarjetas”, que incluyen el uso de varias tarjetas a través de distintos agentes de pago recomendados por la Empresa, la obtención de códigos de error específicos al intentar realizar pagos y el uso de tarjetas emitidas por diferentes emisores en distintas regiones. También se supervisa el uso de distintos instrumentos de pago en un corto período de tiempo (tarjetas, transferencias bancarias, billeteras electrónicas), la negativa o falta de disposición del Usuario a verificar cualquier instrumento de pago, la falta de coincidencia entre los principales elementos de la ubicación geográfica del Usuario (ciudadanía o residencia, proveedor de Internet, geolocalización de la dirección IP, proveedor de telefonía móvil, número BIN de la tarjeta, entre otros), la negativa sistemática a realizar llamadas telefónicas o videollamadas, la no provisión por parte del Usuario de una fotografía sosteniendo su documento de identidad cuando se le solicite, así como la coincidencia del identificador del dispositivo del Usuario (teléfono, tableta o computadora) con el de otra cuenta registrada en el sistema de la Empresa.
El personal del departamento financiero, responsable de las transacciones de depósitos y retiros de los Usuarios, y el departamento de cumplimiento normativo, encargado de la verificación documental, monitorean de forma constante la legislación y las prácticas aplicables de los organismos internacionales, así como los cambios normativos relevantes. Asimismo, realizan un seguimiento del entorno comercial y de las prácticas de los socios y otras organizaciones involucradas en la lucha contra el lavado de dinero. De manera periódica, la Empresa lleva a cabo capacitaciones y revisiones de los procedimientos internos, teniendo en cuenta posibles actualizaciones de las recomendaciones del GAFI y las prácticas de las denominadas “Big Four”. Cada tres meses, la Empresa realiza evaluaciones del personal para verificar los conocimientos y competencias necesarios, a fin de desempeñar eficazmente las funciones relacionadas con los procedimientos de prevención de la financiación del terrorismo, prevención de lavado de dinero y KYC, así como el conocimiento de la legislación vigente en la materia.
A continuación se detallan algunas de las fuentes utilizadas para la elaboración de la presente Política, sin perjuicio de que puedan aplicarse otras normativas o documentos adicionales.


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