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ANTILAVADO DE DINERO

INTRODUCCIÓN

Esta Política contra el lavado de dinero (en adelante, la "Política") tiene por objeto regular las actividades de Wiraon B.V. (en adelante, la "Empresa") contra el lavado de dinero, la financiación del terrorismo o cualquier otra actividad ilegal o fraudulenta. En esta Política puedes leer qué hace la Empresa para cumplir la legislación vigente contra el lavado de dinero y de qué manera te afectan estas medidas a ti como usuario de awintura.com (en adelante, el "Sitio web"). La Empresa tiene derecho a cambiar o revisar esta Política. Es tu responsabilidad revisar esta Política de vez en cuando para enterarte de cualquier cambio que entre en vigor. Si continúas utilizando el Sitio web después de que los cambios entren en vigor, significa que estás de acuerdo con la Política modificada. 

  1. Ejecución de esta Política.

    La Empresa aplica este programa contra el lavado de dinero de las siguientes maneras:

    • La Empresa podrá exigir la verificación de los clientes (en adelante, los "Usuarios" o el "Usuario") del Sitio web;
    • La Empresa utiliza categorías de riesgo, establecidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), para evaluar si un Usuario presenta un riesgo de lavado de dinero, financiación del terrorismo o cualquier otra actividad prohibida por la legislación aplicable;
    • La Empresa supervisa constantemente todas las transacciones realizadas por sus usuarios a través del sitio web;
    • La Empresa forma a sus empleados para mantenerse al día con todos los enfoques modernos en la lucha contra el lavado de dinero.
  2. Categorías de riesgo

    La Empresa utiliza el enfoque de categorías de riesgo establecido por el GAFI para determinar si cada uno de los Usuarios representa o no riesgo de estar implicado en un esquema de lavado de dinero.

    Las categorías de riesgo son:

    2.1. Riesgo país/geográfico

    Cuando un usuario registra una cuenta en el sitio web, debe considerarse como asunto prioritario su lugar de residencia/domicilio (en adelante, la "Jurisdicción"). En primer lugar, la Empresa comprueba si la jurisdicción está en la lista de la Comisión Europea de "los terceros países de alto riesgo con deficiencias estratégicas" (ver "fuentes"). A continuación, la Empresa comprueba si la jurisdicción se presenta o no en la lista de "jurisdicciones de alto riesgo y otras jurisdicciones monitoreadas", presentada por el GAFI. Además, la Empresa lleva a cabo su propio monitoreo de las jurisdicciones basándose en los siguientes parámetros:

    • Entorno legal.
    • Entorno político.
    • La estructura económica de un país.
    • Factores culturales y naturaleza de la sociedad civil.
    • Fuentes, ubicación y concentración de la actividad delictiva (si la hay).

    2.2. Riesgo del usuario

    La Empresa comprueba la actividad de cada Usuario en el Sitio web en cuanto a la ausencia o presencia de uno o más factores que puedan proporcionar motivos para situar a este Usuario en la categoría de "alto riesgo". Dichos factores son: a) gastan en exceso (o gastan demasiado para este mercado); b) actividad sospechosa del Usuario (actividad sospechosa, uso de varios dispositivos por autorizar en la Empresa en un corto espacio de tiempo, uso de una dirección IP por varios Usuarios, uso del dispositivo del Usuario por otros Usuarios del Sitio web); c) si el usuario en cuestión es una Persona Políticamente Expuesta (PEP) en el sentido de la Directiva de la Unión Europea 2015/849 y del Consejo.

    2.3. Riesgo de transacción

    La Empresa hace todo lo posible para eliminar cualquier riesgo de transacción identificado por el GAFI: a) la Empresa no acepta transacciones de instrumentos de pago anónimos; b) la Empresa no permite que se transfieran fondos de la cuenta de un usuario a la cuenta de otro usuario; c) la Empresa no acepta dinero en efectivo de los usuarios; d) la Empresa solo puede aceptar carteras electrónicas de buena reputación de jurisdicciones con buena reputación; e) la Empresa no permite tener cuentas adicionales y no acepta depósitos de instrumentos de pago que no sean propiedad del Usuario.

  3. Verificación

    La Empresa podrá exigir que el Usuario se verifique en las siguientes circunstancias:

    a) el monto total de las transacciones realizadas por un Usuario a través de la Empresa alcanza o supera los 10 000 USD/EUR;

    b) durante el proceso de consideración del riesgo, se determina que un Usuario pertenece a una o más categorías de riesgo (ver "categorías de riesgo");

    c) la actividad del Usuario contiene uno o más factores que dan motivos para sospechar de un Usuario en cuanto a su uso del Sitio web de forma que infrinja las reglas del Sitio web (incluyendo los Términos y condiciones, la Política de privacidad y otras relacionadas);

    d) en cualquier otro caso, cuando la Empresa considere que es una medida necesaria solicitar una verificación del Usuario.

    Durante la verificación del Usuario, la Empresa solicitará al Usuario los siguientes documentos:

    • una copia o una foto del documento de identificación del usuario;
    • una foto de la tarjeta de pago utilizada o que se pretende utilizar para realizar depósitos en el Sitio web. Es importante que el nombre del titular de la tarjeta coincida con el nombre del usuario que está siendo verificado. El código CVV y el número de la tarjeta de pago (excepto los seis primeros y los cuatro últimos dígitos) pueden estar ocultos o tapados. El nombre del titular de la tarjeta no debe ocultarse ni taparse de ninguna manera;
    • una foto del usuario sosteniendo los documentos requeridos para el proceso de verificación (puede ser con la información solicitada), escrito a mano el correo electrónico del usuario utilizado al registrar una cuenta; la fecha de la solicitud de la foto y el código de confirmación;
    • si aplica, debe incluir un estado bancario, una carta del lugar o centro de trabajo del Usuario y un recibo de sus impuestos;
    • si aplica, debe contener la confirmación de la dirección del Usuario. Puede ser un recibo de servicios públicos, una recibo de teléfono u otros documentos que, de acuerdo con los requisitos legales y normativos de la jurisdicción en cuestión, sean suficientes para confirmar la dirección del Usuario;
    • cualquier otro documento o información que amerite la situación;
    • la Empresa se reserva el derecho a solicitar una entrevista en video con el Usuario para confirmar la información.

    3.1. Verificación adicional

    La Empresa podrá aplicar procesos de verificación adicionales en las siguientes circunstancias:

    a) El usuario cumple la definición de Persona Políticamente Expuesta (PPE). Una persona políticamente expuesta se define como una persona física que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas, entre las que se incluyen las siguientes: (a) jefes de gobierno, jefes de estado, ministros y viceministros o asistentes del ministro; (b) miembros del parlamento u otros órganos legislativos similares; (c) miembros de órganos directivos de partidos políticos; (d) miembros de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otros órganos judiciales de alto nivel, cuyas decisiones no son susceptibles a nuevas apelaciones, salvo en circunstancias excepcionales; (e) miembros de tribunales de auditoría o de juntas de bancos centrales; (f) embajadores, encargados de negocios y oficiales de alto rango de las fuerzas armadas; (g) miembros de órganos administrativos, de dirección de supervisión de empresas estatales; y (h) directores, directores adjuntos y miembros de junta de una organización internacional o una función equivalente.

    b) Si el país de residencia del Usuario está definido por la Comisión Europea como "tercer país con deficiencias estratégicas" o está en la lista del GAFI de "jurisdicciones de alto riesgo y otras jurisdicciones monitoreadas".

    c) En otros casos, cuando se exija una verificación adicional por ley o a petición de las autoridades, instituciones financieras, etc.

    Además de la verificación usual, al aplicar la verificación adicional, la Empresa exige presentar el o los documentos o datos sobre el origen de los ingresos del usuario de acuerdo con los requisitos legales y reglamentarios de la jurisdicción al utilizar la verificación adicional. En caso de realizarse una verificación adicional, la aprobación final sobre la verificación será realizada por la Administración superior de la Empresa.

    Para efectos de la presente Política, la Empresa se reserva el derecho a recabar datos adicionales de identificación del usuario. Además, si a) un usuario se niega a pasar la verificación; y/o b) la Empresa tiene motivos razonables para sospechar que un usuario está utilizando a la Empresa para fines ilegales y el usuario no aporta pruebas de lo contrario, la Empresa podrá informar a las autoridades gubernamentales competentes sobre dicho caso. Además, la Empresa podrá suspender la cuenta del Usuario hasta que este pase con éxito un proceso de verificación o facilite el o los documentos o información solicitada por la Empresa.

  4. Periodo de conservación de registros

    Durante un período de 5 (cinco) años, la Empresa podrá conservar un registro de los datos de verificación de los Usuarios del Sitio web, así como los datos de las transacciones (el historial de las transacciones y la evidencia que las respalde) de forma fácil y accesible. Consulta la Política de privacidad para obtener más información sobre el almacenamiento de datos personales de los usuarios del Sitio web.

  5. Monitoreo de actividad

    La empresa supervisa constantemente todas las transacciones de los usuarios para asegurarse de que cumplan los siguientes requisitos:

    • En caso de transacción bancaria o de transacción desde la tarjeta bancaria, el nombre del titular de la cuenta o tarjeta debe ser el mismo que cuando se registró la cuenta (o, si se cambió el nombre, el nombre real que aparece en la cuenta del usuario).
    • Si se realiza un depósito desde un instrumento de pago desde el cual no se puedan retirar fondos, los retiros podrán realizarse a la cuenta bancaria del usuario o a otro instrumento de pago si es fundadamente posible determinar que este instrumento de pago pertenece realmente al usuario en cuestión.

    La Empresa supervisa constantemente toda la actividad de los usuarios, así como sus transacciones, para asegurarse de que están libres de métodos de lavado de dinero. Estos métodos son:

    • Colocación.

    En este punto, los fondos se convierten en otros instrumentos financieros, como cuentas bancarias, cheques, transferencias de dinero, o se utilizan para comprar artículos caros que luego se pueden revender. Los fondos pueden invertirse en bancos y otras instituciones no bancarias (por ejemplo, instituciones de cambio de divisa). Para evitar cualquier sospecha por parte de la Empresa, una entidad de lavado de dinero puede realizar varias colocaciones en lugar de colocar toda la suma en una sola operación. A esto se le conoce como "pitufeo" o "estructuración".

    • Estratificación.

    Los fondos se mueven o transfieren a otras cuentas o instrumentos financieros. Este procedimiento está diseñado para ocultar el origen de los fondos e impedir la identificación de la persona que realiza tantas operaciones financieras. El movimiento de fondos y los cambios en su forma complican el proceso de control de los fondos.

    • Integración.

    Los fondos están en proceso de ser devueltos al sistema financiero bajo la apariencia de fondos obtenidos legalmente, con el objetivo final de integrarse finalmente al sistema financiero.

    5.1. Prevención de actividades sospechosas

    Todas las operaciones de depósitos de fondos deben verificarse bajo un control de tarjetas (el uso de varias tarjetas a través de diferentes agentes de pago recomendados por la Empresa, la obtención de un código de error específico al realizar un pago, el uso de tarjetas emitidas por diferentes emisores en diferentes regiones), el uso de un instrumento de pago diferente en un corto periodo de tiempo (tarjetas, transacciones bancarias, carteras electrónicas), la oposición o falta de voluntad del Usuario por verificar cualquiera de los instrumentos de pago, la discrepancia de los elementos clave de la ubicación geográfica del Usuario (ciudadanía/residencia, proveedor de Internet, geolocalización de la dirección IP, proveedor de telefonía móvil, número de identificación de la tarjeta (BIN), etc.), oposición a realizar cualquier llamada telefónica o videollamada, ausencia de la foto del usuario en donde aparezca con el documento de identificación en mano (previa solicitud), coincidencia del ID del dispositivo del usuario (teléfono, tablet, computadora) con el ID del dispositivo de otra cuenta en nuestro sistema.

  6. Formación del personal acerca de los procedimientos actuales en la lucha contra el lavado de dinero

    El personal del departamento de finanzas, el cual tiene la responsabilidad por las transacciones de retiros y depósitos de los Usuarios, y el departamento de cumplimiento, que tiene la responsabilidad de verificar documentos, supervisan constantemente la legislación y las prácticas vigentes de las organizaciones internacionales para detectar cualquier cambio en la legislación; y realizan un monitoreo del entorno empresarial y de las prácticas de nuestros socios y otras organizaciones en pleno compromiso con la lucha en contra del lavado de dinero. Periódicamente, la Empresa lleva a cabo cursos de formación y revisiones de los procedimientos internos, en donde se toman en cuenta los posibles cambios en las recomendaciones del GAFI y las prácticas de las "Cuatro Grandes" (Big Four). Cada tres meses, la Empresa lleva a cabo una acreditación del personal con el fin de comprobar los conocimientos y competencias necesarios para desempeñar eficazmente las funciones relativas a los procedimientos CTF/AML/KYC y sus prácticas correspondientes, así como la comprobación del conocimiento sobre la legislación vigente en la materia.

  7. Referencias

    Aquí puedes encontrar la lista de fuentes de esta Política (entre otras). Pueden aplicar documentos o legislación adicionales.

    • Las Cuarenta Recomendaciones y Recomendaciones Especiales sobre la Financiación del Terrorismo ("Recomendaciones del GAFI»).
    • Guía de enfoque basado en el riesgo para los casinos (RBA para Casinos), publicada por el GAFI.
    • Directiva 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
    • Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 de la Comisión, del 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la identificación de terceros países de alto riesgo con deficiencias estratégicas.
    • La Ley de Prevención y Represión de las Actividades de Lavado de dinero que modifica la Ley 13(Ι) del 2018 en la República de Chipre.
    • Lista del GAFI de jurisdicciones de alto riesgo y otras jurisdicciones monitoreadas: http://www.fatf-gafi.org/countries/#high-risk.
BonificacionesTorneos