daynightcloud1cloud2

PREVENCIÓN DEL LAVADO DE DINERO

INTRODUCCIÓN

Esta Ley contra el Lavado de Dinero (en adelante, la "Política") tiene por objeto regular las actividades de Wiraon B.V. (en lo sucesivo, la "Empresa") contra el lavado de dinero, la financiación del terrorismo o cualquier otra actividad ilegal o fraudulenta. En esta Política, puedes leer qué hace la Empresa para cumplir con la legislación vigente contra el lavado de dinero y cómo estas medidas te afectan a ti como usuario de awintura.com (en adelante, el "Sitio web"). La Empresa tiene derecho a cambiar o revisar esta Política. Es tu responsabilidad revisar esta Política de vez en cuando para enterarte de cualquier cambio que entre en vigor. El hecho de seguir utilizando el Sitio web después de que los cambios hayan entrado en vigor constituye tu aceptación de la Política revisada. 

  1. Implementación de esta Política.

    La Empresa aplica este programa contra el lavado de dinero de las siguientes maneras:

    • Es posible que la Empresa requiera la comprobación de los clientes (en adelante, los "Usuarios" o "Usuario") del Sitio web;
    • La empresa utiliza categorías de riesgo, establecidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), para evaluar si un usuario presenta un riesgo de lavado de dinero, financiación del terrorismo o cualquier otra actividad prohibida por la legislación aplicable
    • La Empresa supervisa constantemente todas las transacciones realizadas por sus usuarios a través del Sitio web;
    • La Empresa imparte formación a sus empleados para que estén al corriente de todos los métodos modernos de lucha contra el lavado de dinero.
  2. Categorías de riesgo

    La Empresa utiliza el enfoque de las categorías de riesgo, establecido por el GAFI, para determinar si cada uno de los usuarios puede estar implicado, o no, en un esquema de lavado de dinero.

    Estas categorías de riesgo son las siguientes:

    2.1. Riesgo por país o región/geográfico

    Cuando un Usuario registra una cuenta en el Sitio web, su lugar de residencia/domicilio (en adelante, la "Jurisdicción") debe considerarse de forma prioritaria. En primer lugar, la empresa comprueba si la jurisdicción figura en la lista de la Comisión Europea de "países de alto riesgo con deficiencias estratégicas" (véase "fuentes"). A continuación, la empresa comprueba si la jurisdicción figura o no en la lista de "jurisdicciones de alto riesgo y otras jurisdicciones vigiladas", presentada por el GAFI. Además, la Empresa lleva a cabo su propia supervisión de las jurisdicciones basándose en los siguientes parámetros:

    • Contexto legal.
    • Contexto político.
    • Estructura económica de un país o región.
    • Factores culturales y la naturaleza de la sociedad civil.
    • Orígenes, ubicación y concentración de actividades ilícitas (si la hubiera).

    2.2. Riesgo de usuario

    La Empresa comprueba la actividad de cada Usuario en el Sitio web en cuanto a la ausencia o presencia de uno o más factores que puedan proporcionar motivos para situar a este Usuario en la categoría de "alto riesgo". Estos factores son: a) enormes o grandes gastadores (o gastadores extremadamente grandes para este mercado); b) actividad sospechosa del Usuario (actividad sospechosa, uso de varios dispositivos, cuya autorización se solicita a la Empresa en un corto plazo de tiempo, uso de una dirección IP por parte de varios Usuarios, uso del dispositivo del Usuario por parte de otros Usuarios del Sitio web); y c) si el usuario en cuestión es una Persona Expuesta Políticamente (PEP) en el sentido de la Directiva 2015/849 de la Unión Europea y del Consejo.

    2.3. Riesgo de transacción

    La Empresa hace todo lo posible para eliminar cualquier riesgo de transacción identificado por el GAFI: a) La Empresa no acepta transacciones de instrumentos de pago anónimos; b) La Empresa no permite que se transfieran fondos de la cuenta de un usuario a la cuenta de otro usuario; c) La Empresa no acepta dinero en efectivo de los usuarios; d) La Empresa solo puede aceptar billeteras digitales de jurisdicciones con buena reputación; e) La Empresa no permite tener cuentas adicionales y no acepta depósitos de instrumentos de pago que no sean propiedad del Usuario.

  3. Comprobación

    Es posible que la Empresa requiera la Comprobación del Usuario en las siguientes circunstancias:

    a) El monto total de las transacciones realizadas por un Usuario a través de la Empresa alcanza o supera los 10 000 USD/EUR;

    b) Durante el proceso de consideración del riesgo, se determina que un Usuario entra dentro de una categoría, o más, de riesgo (véase "categorías de riesgo");

    c) La actividad del Usuario contiene uno o más factores que dan motivos para sospechar que un Usuario usa el Sitio web de una manera que incumpla el Reglamento del Sitio web ( incluidos las Condiciones, Política de privacidad y otros);

    d) En cualquier otro caso, cuando la Empresa considere que es una medida necesaria para solicitar una Comprobación del Usuario.

    Durante la Comprobación del Usuario, la Empresa solicitará al Usuario los siguientes documentos:

    • Una copia o foto del documento de identificación del usuario;
    • Una foto de la tarjeta de pago usada o que se intentó usar cuando realizó depósitos en el Sitio web. Es importante que el nombre del propietario de la tarjeta coincida con el nombre del usuario que pasa por el proceso de comprobación. El código CVV y el número de la tarjeta de pago (excepto los seis primeros y los cuatro últimos dígitos) pueden estar ocultos o tapados. El nombre del titular de la tarjeta no debe ocultarse ni taparse de ninguna manera
    • Una foto del usuario sosteniendo los documentos requeridos para el proceso de comprobación (puede ser con la información solicitada, escrita a mano (el correo electrónico del usuario, utilizado al registrar una cuenta; la fecha de la solicitud de la foto y el código de confirmación);
    • Si procede, incluye un extracto bancario, una carta del lugar de trabajo del usuario y una factura de impuestos;
    • Si procede, la confirmación de la dirección del usuario. Puede ser un recibo de servicios públicos, un recibo de teléfono u otros documentos que, de conformidad con los requisitos legales y reglamentarios de la jurisdicción, sean suficientes para confirmar la dirección del Usuario;
    • Cualquier otro documento o información que la situación requiera.
    • La Empresa se reserva el derecho de solicitar una entrevista en video con el Usuario para confirmar la información.

    3.1. Comprobación adicional

    Es posible que la Empresa implemente procesos de comprobación adicional en las siguientes circunstancias:

    a) El usuario cumple con la definición de Persona expuesta políticamente (PEP). Una persona expuesta políticamente se define como una persona física que desempeña o ha desempeñado funciones públicas prominentes, entre las que se incluyen las siguientes (a) jefes de gobierno, jefes de estado, ministros y viceministros o ministros adjuntos; (b) miembros del Congreso u órganos legislativos similares; (c) miembros de los órganos directivos de partidos políticos; (d) miembros de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otros órganos judiciales de alto nivel, cuyas decisiones no sean susceptibles de ulterior recurso, salvo en circunstancias excepcionales; (e) miembros de tribunales de cuentas o consejos de bancos centrales; (f) embajadores, encargados de negocios y oficiales de alto rango de las fuerzas armadas; (g) miembros de órganos administrativos, de gestión o de supervisión de empresas estatales; y (h) directores, directores adjuntos y miembros del consejo de una organización internacional o función equivalente.

    b) Si el país o región de residencia del usuario está definido por la Comisión Europea como "país tercero con deficiencias estratégicas" o figura en la lista del GAFI de "jurisdicciones de alto riesgo y otras jurisdicciones vigiladas";

    c) En otros casos, cuando se requiera una comprobación adicional por ley o a petición de las autoridades, instituciones financieras, etc.

    Además de la verificación estándar, cuando aplica la comprobación adicional, la Empresa exige presentar el/los documento(s) o datos sobre el origen de los ingresos del usuario de acuerdo con los requisitos legales y reglamentarios de la jurisdicción cuando se utiliza la comprobación adicional. En caso de comprobación adicional, la aprobación final de la misma corresponderá a la alta dirección de la Empresa.

    A los efectos de la presente Política, la Empresa se reserva el derecho de recabar datos adicionales de identificación del usuario. Además, si a) un usuario se niega a realizar la comprobación; o b) la Empresa tiene motivos razonables para sospechar que un usuario está utilizando la Empresa con fines ilegales y el usuario no aporta pruebas de lo contrario, la Empresa podrá informar a las autoridades gubernamentales competentes sobre dicho caso. Además, la Empresa podrá suspender la cuenta del Usuario hasta que este supere un proceso de comprobación o facilite los documentos o información solicitados por la Empresa.

  4. Período de mantenimiento de registros

    Durante un período de 5 (cinco) años, la Empresa podrá conservar un registro de los datos de comprobación de los Usuarios del Sitio web, así como los datos de las transacciones (el historial de las transacciones y sus justificantes) de forma fácilmente accesible. Consulte la Política de privacidad para obtener más información sobre el almacenamiento de los datos personales de los usuarios del Sitio web.

  5. Supervisión de actividad

    La empresa supervisa constantemente todas las transacciones de los usuarios para garantizar que cumplen con los siguientes requisitos:

    • En caso de una transacción bancaria o transacción desde la tarjeta bancaria, el nombre del titular de la cuenta/tarjeta debe ser el mismo que se ha utilizado cuando se registró la cuenta (o, si se cambió el nombre, el nombre real que aparece en la cuenta del usuario).
    • Si se realiza un depósito desde un instrumento de pago del que no se puedan retirar fondos, el retiro podrá realizarse de la cuenta bancaria del usuario o de otro instrumento de pago, siempre y cuando sea razonablemente posible determinar que este instrumento de pago pertenezca, en realidad, al usuario en cuestión.

    La Empresa supervisa constantemente toda la actividad del usuario y todas sus transacciones para garantizar que no se utilicen como métodos de lavado de dinero. Estos métodos son:

    • Colocación.

    En este método, los fondos se convierten en otros instrumentos financieros, como cuentas bancarias, cheques o transferencias de dinero, o se utilizan para comprar artículos caros que luego puedan revenderse. Posteriormente, los fondos pueden invertirse en bancos y otras instituciones no bancarias (por ejemplo, entidades de cambio de moneda). Para evitar cualquier sospecha por parte de la empresa, una entidad de lavado de dinero puede realizar varias colocaciones en lugar de colocar toda la suma en una sola operación. Esto se conoce como "pitufeo" o "estructuración".

    • Ensombrecimiento.

    Los fondos se mueven o se transfieren a otras cuentas o instrumentos financieros. Este procedimiento tiene por objeto ocultar el origen de los fondos e impedir la identificación de la persona que realiza las distintas operaciones financieras. El movimiento de fondos y los cambios de su forma complican el proceso de control de fondos.

    • Integración.

    Los fondos se devuelven al sistema financiero bajo la apariencia de fondos obtenidos legalmente con el objetivo último de su eventual integración en el sistema financiero.

    5.1. Prevención de actividad sospechosa

    Todas las operaciones relacionadas con el depósito de fondos deben ser revisadas en función de la llamada "revisión de patrones de tarjetas" (el uso de múltiples tarjetas a través de diferentes agentes de pago respaldados por la Empresa, recibir un mensaje de error específico durante el pago o utilizar tarjetas de diferentes bancos emisores en distintas regiones), el uso de un instrumento de pago diferente en un corto período de tiempo (tarjetas, transacciones bancarias o billeteras digitales), la resistencia o negativa del Usuario a comprobar cualquier instrumento de pago, la discrepancia entre los principales elementos de ubicación geográfica del Usuario (ciudadanía/residencia, proveedor de Internet, geolocalización de la dirección IP, proveedor de servicios móviles, número BIN de la tarjeta, etc.), la resistencia principal a realizar cualquier llamada telefónica o videollamada, la no presentación por parte del usuario de su foto con el documento de identidad en mano (a petición) y la coincidencia del ID del dispositivo del usuario (teléfono, tableta o computadora) con el ID del dispositivo de otra cuenta en nuestro sistema.

  6. Formación del personal sobre los procedimientos actuales de AML

    El personal del departamento financiero, responsable de las operaciones de retiro y depósito de los usuarios, y el del departamento de cumplimiento, responsable de la comprobación de documentos, vigilan constantemente la legislación y las prácticas aplicables de las organizaciones internacionales para detectar cualquier cambio en la legislación; Además, se mantienen al tanto del entorno empresarial y las prácticas de nuestros socios y otras organizaciones, comprometidos en la lucha contra el lavado de dinero. La empresa organiza periódicamente cursos de formación y revisiones de los procedimientos internos teniendo en cuenta los posibles cambios en las recomendaciones del GAFI y las prácticas de las "Cuatro Grandes". Cada tres meses, la Empresa lleva a cabo una certificación del personal con el fin de comprobar los conocimientos y competencias necesarios para desempeñar eficazmente las funciones relativas a los procedimientos CTF/AML/KYC y las prácticas aplicables, así como para comprobar el conocimiento de la legislación vigente en la materia.

  7. Referencias

    Aquí puedes encontrar la lista de fuentes (entre otras) de esta Política. Puede aplicarse legislación o documentos adicionales.

      Las 40 Recomendaciones y las Recomendaciones Especiales sobre el financiamiento del terrorismo ("Recomendaciones del GAFI").
    • El enfoque basado en riesgo (EBR) para los casinos (EBR para casinos), elaborado por el GAFI.
    • Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, con fecha de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
    • Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 de la Comisión, con fecha de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la identificación de los países de alto riesgo con deficiencias estratégicas.
    • La Ley de Prevención y Represión de las Actividades de Lavado de dinero que modifica la Ley 13(Ι) del 2018 en la República de Chipre.
    • Lista del GAFI de jurisdicciones de alto riesgo y otras jurisdicciones vigiladas: http://www.fatf-gafi.org/countries/#high-risk.
BonosTorneos